Pensiones alimenticias

Abogada Carmen Campoy » Familia » Pensiones alimenticias

Asesoramos en la determinación, reclamación y ejecución de las pensiones alimenticias para hijos, cónyuges u otros beneficiarios obligados por la ley. Calculamos importes, negociamos acuerdos y acudimos a la vía judicial cuando procede, garantizando la protección económica de quienes tienen derecho a recibir alimentos.

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¿Qué son las pensiones alimenticias?

Las pensiones alimenticias son obligaciones económicas destinadas a cubrir las necesidades básicas (alimentación, vivienda, educación, salud y vestimenta) de una persona con derecho a recibirlas. Se fijan atendiendo a las necesidades del beneficiario y a la capacidad económica del obligado al pago, considerando gastos ordinarios y extraordinarios.

¿Cuándo reclamar o solicitar una pensión?

  • Cuando hay hijos menores o dependientes económicos tras separación o divorcio.
  • Si se produce un cambio relevante en las circunstancias económicas de las partes (paro, enfermedad, aumento de necesidades del menor).
  • Si la otra parte no abona la pensión pactada o fijada judicialmente.
  • Cuando es necesario regular gastos extraordinarios (educación, tratamientos médicos, actividades especiales).
  • Si se precisa actualizar la cuantía por variación significativa de ingresos o necesidades.
  • Cuando existe impago y hay que iniciar la ejecución forzosa.

Cómo trabajamos: proceso en 4 pasos

  1. Valoración inicial (48–72 h): analizamos la situación económica de ambas partes, gastos del beneficiario y documentación (nóminas, contratos, facturas) para estimar una cuantía adecuada.
  2. Negociación y acuerdo: redactamos propuestas de convenio o comunicación dirigida a la otra parte para alcanzar un acuerdo extrajudicial que evite litigio.
  3. Fijación judicial: si no hay acuerdo, presentamos la demanda o contestamos la demanda contraria y proponemos la cuantía adecuada, aportando medios de prueba y solicitando medidas provisionales si procede.
  4. Ejecución y seguimiento: en caso de impago, promovemos procedimientos de ejecución (embargo de nóminas, cuentas o bienes) y gestionamos su tramitación hasta la efectividad del pago.

Ofrecemos fórmulas de honorarios transparentes y adaptadas, incluyendo opciones mixtas cuando procede.

¿Cuándo debes iniciar la reclamación o actualización?

Inicia la tramitación tan pronto como exista un impago, una variación sustancial de las circunstancias económicas o un aumento probado de las necesidades del beneficiario. La documentación básica (libro de familia, certificados de empadronamiento, nóminas, contratos y justificantes de gastos extraordinarios) es imprescindible para fundamentar la cuantía y la procedencia de la medida. Actuar con rapidez facilita la imposición de medidas provisionales y la preservación de derechos.

Consejo práctico: guarda recibos, justificantes de pagos y cualquier comunicación que acredite el incumplimiento o la necesidad de actualizar la pensión.

Preguntas frecuentes

Se atiende a las necesidades del beneficiario (gastos ordinarios y extraordinarios) y a la capacidad económica del obligado; se valoran ingresos, cargas familiares, gastos específicos del menor y criterios objetivos que el juez considera pertinentes.

Sí. Una variación sustancial de las circunstancias (pérdida de empleo, enfermedad, aumento de necesidades del menor) puede justificar la modificación. Presentamos la solicitud judicial de modificación aportando pruebas de la nueva situación.

Ante el impago promovemos medidas de ejecución: embargo de nómina, cuentas o bienes; también se pueden solicitar medidas cautelares y la imposición de responsabilidad por el incumplimiento.

[accordion-item title=»¿Puede reclamar un mayor de edad?»>

Sí. Los mayores de edad que dependan económicamente (por estudios, incapacidad u otra causa) pueden reclamar pensión alimenticia siempre que acrediten la necesidad y la causa de dependencia.

¿Necesitas reclamar o actualizar una pensión alimenticia? Solicita valoración.

Solicita una valoración de tu situación. Te responderemos en 48–72 horas con las opciones disponibles y los documentos necesarios para avanzar.

Contacto

Casos reales (anónimos)

Caso A1: Fijación de pensión para dos hijos tras divorcio: determinación de cuantía y establecimiento de abonos mensuales.

Caso A2: Modificación por pérdida de empleo del obligado: reducción judicial de la pensión tras acreditar la disminución de ingresos.

Caso A3: Ejecución por impago: embargo de nómina y regularización de pagos atrasados mediante acuerdo de fraccionamiento supervisado judicialmente.

Recursos relacionados

Recomendación: conserva siempre nóminas, extractos y justificantes de gastos relacionados con el beneficiario para facilitar cálculos y ejecuciones.